El próximo 14 de junio de 2009 todos los ecuatorianos acudiremos nuevamente a las urnas para elegir cinco (5) representantes al Parlamento Andino y 5 (cinco) Vocales en cada una de las Juntas Parroquiales Rurales del País, de los cuales el más votado será elegido Presidente.
Los sufragantes podrán escoger a sus aspirantes entre listas, se escogerán en 797 parroquias rurales a 5 representantes principales y 5 suplentes. El número de juntas parroquiales por provincia es el siguiente:
Azuay |
60 |
Bolívar |
19 |
Cañar |
26 |
Carchi |
26 |
Chimborazo |
45 |
Cotopaxi |
33 |
El Oro |
49 |
Esmeraldas |
56 |
Galápagos |
5 |
Guayas |
29 |
Imbabura |
36 |
Loja |
76 |
Los Ríos |
14 |
Manabí |
53 |
Morona Santiago |
45 |
Napo |
18 |
Orellana |
29 |
Pastaza |
11 |
Pichincha |
52 |
Santa Elena |
8 |
Santo Domingo de los Tsáchilas |
7 |
Sucumbíos |
26 |
Tungurahua |
44 |
Zamora Chinchipe |
24 |
Para la elección de Miembros de Juntas Parroquiales Rurales se entregarán las papeletas para escoger esta dignidad estrictamente en las 797 parroquias rurales del país; y para el caso de Parlamentarios Andinos toda la ciudadanía ecuatoriana recibirá la papeleta para votar por esta dignidad. Los ecuatorianos residentes en el exterior también elegirán a Parlamentarios Andinos.
La JUNTA PARROQUIAL.- Es persona jurídica de derecho público, con atribuciones y limitaciones establecidas en la Constitución y demás leyes vigentes, con autonomía administrativa, económica y financiera para el cumplimiento de sus objetivos.