Taller de Capacitación sobre el manejo del Sistema de Conformación de los posibles Miembros de Juntas Receptoras del Voto para las Elecciones de 2019

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El consejero del CNE Transitorio, José Cabrera, impulsa el Taller de Capacitación sobre el manejo del Sistema de Conformación de los posibles Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) para las Elecciones Seccionales 2019 y Elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, el cual está dirigido a técnicos informáticos y de procesos de las 24 Delegaciones Provinciales.

Este taller se llevará a cabo el 7, 8 y 9 de noviembre de 2018, en el que se abordarán los siguientes temas:

• Sistema de Validación de Plantilla de Posibles MJRV
• Sistema de Conformación de Posibles MJRV
• Infraestructura de red e instalación de enlaces de datos
• Sistema de Transmisión y Publicación de Resultados (STPR)

Durante el taller se explicó que, la base de datos de los futuros Miembros de las Juntas Receptoras del Voto depurada, será incluida en el sistema informático para la respectiva selección, que se realizará mediante sorteo y con la presencia de un notario público, el viernes 28 de diciembre de 2018, en las Delegaciones Provinciales Electorales, a escala nacional. “Los MJRV que serán seleccionados recibirán la capacitación necesaria para que puedan cumplir a cabalidad con este deber cívico y democrático, el 24 de marzo de 2019, día de las elecciones”, indicó el consejero Cabrera.

Conforme al reglamento vigente para la designación de MJRV, se tomarán en cuenta a: estudiantes universitarios, empleados del sector privado, servidores públicos, ciudadanas y ciudadanos sorteados aleatoriamente del Registro Electoral.

Las personas designadas como MJRV serán notificadas desde el 02 de enero hasta el 10 de marzo de 2019, quienes podrán acudir a las capacitaciones que se brindarán en las Delegaciones Provinciales Electorales del 02 al 24 de marzo de 2019. Así podrán cumplir su deber cívico de manera eficaz el día del sufragio.

En este marco, se explicó que las personas impedidas de ser miembros de Juntas Receptoras del Voto son: servidores electorales, candidatos y/o dignatarios de elección popular, militares y policías en servicio activo, ministros de Estado y ciudadanos que laboren como conserjes en los recintos electorales.

Los MJRV elegidos serán quienes reciban el sufragio de los electores y a su vez efectuarán el escrutinio, según lo establecido en el artículo 43 del Código de la Democracia.