El Pleno del Consejo Nacional Electoral aprobó en sesión del miércoles 7 de octubre del 2009 el Reglamento para el concurso de oposición y meritos para la integración del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
La Constitución de la República del Ecuador, artículo 207 inciso tercero dispone que la selección de los Consejeras y los Consejeros del CPCCS, se realizará de entre los postulantes que propongan las organizaciones sociales y la ciudadanía y que el proceso de selección será organizado por el CNE, organismo que conducirá el concurso público de oposición y méritos correspondientes, con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadanía de acuerdo a la ley.
La disposición Transitoria de la Ley Orgánica de participación Ciudadana y Control Social, dispone que en un plazo no mayor de treinta días de su promulgación, el Consejo Nacional Electoral expedirá el reglamento para el concurso de oposición y méritos para la designación de quienes conformarán el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, debiendo realizar en forma inmediata la convocatoria.
El CPCCS estará integrado por siete consejeras y consejeros principales y siete suplentes. El plazo correspondiente para la entrega del Reglamento es hasta el 9 de octubre del 2009. El CNE socializó y puso a disposición de los ciudadanos y organizaciones sociales para que presenten sus observaciones y aportes al proyecto. El mismo analizó las sugerencias e incluyó los aportes correspondientes de acuerdo a la lógica y coherencia que requiere este Reglamento.
Consejo Nacional Electoral dentro del plazo conferido, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales aprobó, el REGLAMENTO para el CONCURSO de OPOSICIÓN Y MERITOS para la INTEGRACIÓN del CONSEJO de PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL,
El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial
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