Ante las informaciones erróneas difundidas por algunos medios de comunicación en el sentido de que la sentencia emitida por la Corte Constitucional suspendería algunos procesos de revocatoria actualmente en marcha, el Consejo Nacional Electoral tiene la obligación de informar a la opinión pública lo siguiente:
La sentencia emitida por la Corte Constitucional el 27 de enero de 2011 y su aclaración enviada al Consejo Nacional Electoral el 2 de febrero, no afecta a la recolección de firmas, presentación, verificación y admisión de pedidos de revocatoria. Los procesos en marcha para la calificación de peticiones de revocatoria continúan con normalidad en todas sus fases, de acuerdo con los cronogramas establecidos en atención a la ley. Se ratifican las catorce (14) convocatorias realizadas por el Consejo Nacional Electoral y los resultados de los siete (7) procesos ya realizados.
Con respecto a los formularios entregados para la recolección de firmas y aquellos que se soliciten hasta la promulgación de la reforma que está tramitando la Asamblea Nacional, éstos se rigen por los plazos y procedimientos establecidos por la Constitución, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, el Código de la Democracia y el Reglamento de Consultas Populares y Revocatorias expedido por el Consejo Nacional Electoral.
Para dar cumplimiento a la resolución de la Corte Constitucional, una vez que se haya verificado el número y la autenticidad de las firmas y se haya calificado la petición, la autoridad objeto de revocatoria puede solicitar la suspensión del proceso en el término de tres días contados a partir de su notificación. Dichos procesos continuarán una vez que la Asamblea Nacional concluya el trámite de las reformas a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.
El Consejo Nacional Electoral deja en claro que cualquier información en contrario altera la verdad y desinforma a la ciudadanía acerca de este tema.