CNE inscribe empresas para que realicen pronósticos electorales

El Pleno del Consejo Nacional Electoral emitió el reglamento para empresas que realicen pronósticos electorales para el proceso electoral de referéndum y consulta popular 2011.

Para poder ejercer su actividad, las empresas que realicen pronósticos electorales se deben inscribir y registrar previamente en el organismo electoral con los siguientes requisitos:

a) Copia de la escritura de constitución de la empresa, debidamente inscrita en el registro mercantil;

b) Copia del nombramiento del representante legal de la empresa, inscrito en el Registro Mercantil, o su equivalente;

c) Copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del representante legal;

d) Copia del Registro Único de contribuyentes;

e) Certificado de no tener obligaciones pendientes con el SRI;

f) Certificado de no adeudar al IESS; y,

g) Listado de principales profesionales que consten en nómina, con la documentación que acredite su especialización y formación académica en las áreas de investigación social, mercado u opinión pública.

Hasta la fecha están inscritas cinco empresas:

1. Perfiles de Opinión Cia. Ltda. (PERFOPIS)

2. Santiago Pérez Investigación y Estudios Cia. Ltda

3. Consult Marketing Solutions S. A Encuestadora

4. Instituto de Estudios sociales y de Opinión Pública (IESOP)

5. Centro de Estudios y Datos (CEDATOS)

Los resultados de encuestas o pronósticos electorales, podrán ser publicados por los medios de comunicación desde la convocatoria hasta diez días antes de los comicios.

Las empresas que realicen pronósticos electorales y no estén inscritas en el CNE serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el Art. 302 de la ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.