El Consejo Nacional Electoral por mandato del artículo 219 de la Constitución de la República y en cumplimiento de los artículos 52 y subsiguientes de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, tiene la facultad para organizar, dirigir, vigilar y garantizar de manera transparente los procesos electorales, incluso aquellos que garanticen la expresión democrática de los ecuatorianos domiciliados en el exterior.
Se informa a los compatriotas que viven en el exterior que el Consejo Nacional Electoral del Ecuador aprueba que las y los ecuatorianos domiciliados en el exterior, entreguen la denuncia en el Consulado más cercano a su domicilio, el mismo que deberá remitir la documentación original al Consejo Nacional Electoral del Ecuador (Dirección Nacional Voto en el Exterior), de manera INMEDIATA, para proceder con el trámite de reprocesamiento.
Se creó un parámetro para realizar las denuncias el mismo que se encuentra en el link de Organizaciones Políticas donde está el ítem Consulta tu afiliación o adhesión a una Organización Política, ahi ud encontrará el Procedimiento de Denuncia en el mismo está el formulario. Consulta tu afiliación a una Organización Política.