De acuerdo a la sentencia de la Corte Constitucional, emitida el 17 de octubre sobre el Código de la Democracia, el Consejo Nacional Electoral (CNE) informa:
Con respecto a los nuevos medios de comunicación, «…los particulares tienen derecho a transmitir ideas, opiniones o información de interés nacional en referencia al proceso electoral, garantizando entonces el pleno ejercicio de la libertad de expresión», como lo establece la referida sentencia.
Así también, en base a la misma sentencia, los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, «…deberán abstenerse de publicar o difundir publicidad electoral, opiniones o imágenes que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral, por nuevos medios de comunicación, estando obligados a verificar los comunicados, opiniones o información que reciban por estos medios antes de su publicación, con el objetivo de garantizar el derecho a sufragar de todos los ciudadanos».
Es importante hacer hincapié en que el Consejo Nacional Electoral espera concretar acuerdos con los medios de comunicación con el fin de elaborar un Reglamento consensuado, basado en el respeto, la dignidad y la equidad de las y los candidatos, que no interfiera con el ejercicio periodístico ni con su ética profesional.
Frente a lo expuesto, el CNE garantiza a los ciudadanos y ciudadanas que no regulará sus expresiones personales en las Redes Sociales.