CNE cumple con la Constitución

 A partir del cierre del escrutinio, el Consejo Nacional Electoral cumpliendo con las funciones que la Ley le otorga, ha resuelto oportuna y eficazmente todas las impugnaciones suscitadas en las diferentes provincias y en la Junta Especial del Exterior. Las mismas que se han ejecutado en sesiones de Pleno del organismo electoral.

La Ley determina que el CNE debe: “conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan”, según el artículo 219, literal 11.

Es así, que en estas provincias se presentaron las siguientes impugnaciones y objeciones al escrutinio:

– Esmeraldas: José Antonio Sánchez González, candidato Asambleísta por PRIAN, impugnación a los resultados electorales, la Junta Provincial negó su apelación.

Los Ríos: Félix Carriel, subdirector provincial del Partido Sociedad Patriótica, 21 de Enero; respecto de los resultados de la dignidad a Asambleístas Provinciales, el organismo electoral resolvió acoger parcialmente la solicitud, por lo que el 16 de marzo se abrieron 26 urnas en la Provincia.

El Oro: Jessenia Teresa García Herrera, candidata a Asambleísta por el Partido Socialista-Frente Amplio, la Junta Territorial Electoral de El Oro resolvió rechazar el trámite de impugnación y disponer que la objeción presentada carece de fundamentos.

Guayas: Sylka Sánchez, representante del partido PRIAN, solicitó aclaración, ampliación y revocatoria del escrutinio. Luis Almeida, director provincial del Partido Sociedad Patriótica, 21 de Enero, pidió se verifiquen 741 juntas de la dignidad de Asambleísta Provincial de Guayas. En Pleno del CNE se decidió declarar amabas impugnaciones como invalidas y nulas. Y, finalmente, los reclamos presentados por la alianza la Alianza PSC – Madera de Guerrero; la JPEG, resuelve declarar nulo y califica de improcedente y sin fundamento legal.

Pichincha: Andrés Páez Benalcázar, candidato a Asambleísta Provincial por la Circunscripción 1 por el Movimiento CREO, objetaba el resultado numérico y la apertura de urnas y el conteo voto a voto de las Actas de Asambleístas Provinciales. La Junta Provincial Electoral resolvió realizar el reconteo de ocho actas de las diez y ocho objetadas por el candidato.

Bolívar: Ramsés Torres y Medardo Chimbolema, candidato y representante, respectivamente, de la Alianza Unidad Plurinacional de las Izquierdas, MPD-Pachakutik, rechazaban sobre los resultados electorales en la provincia. El CNE negó esta impugnación.

Junta Especial del Exterior: Fernando Flores, candidato para Asambleísta del exterior por la circunscripción de América Latina, El Caribe y África por el Movimiento CREO, alegó los resultados y solicitó la nulidad del proceso. La Junta resolvió rechazarla por carecer de fundamentos legales. 

Posterior a las resoluciones emitidas por el Consejo Nacional Electoral, los candidatos y representantes de las organizaciones políticas de las siguientes provincias: Bolívar, Guayas, Los Ríos; hicieron uso de su último recurso, presentar las impugnaciones ante el Tribunal Contencioso Electoral. El mismo que tiene dentro de sus funciones: “conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas”, de acuerdo al artículo 221, literal 1, de la Constitución de la República.

Por dicho motivo, el CNE de acuerdo a la Ley debe esperar las acciones de dicho Organismo para la proclamación oficial de resultados y asignación de escaños.

 

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