CNE tiene 30 días de plazo para resolver impugnaciones

CNE tiene 30 días de plazo para resolver impugnaciones

En Sesión Extraordinaria, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), recibió en Comisión General a las cuatro  organizaciones políticas (OP) que fueron canceladas su personería jurídica. Los representantes de las OP expusieron sus alegatos jurídicos en relación a la resolución tomada por el organismo electoral, este miércoles 16 de julio.

El Movimiento Popular Democrático (MPD), fue el primer partido en presentar su defensa, representado por el abogado Patricio Torres y el Director Luis Villacís, durante 30 minutos, tiempo que fue concedido a todos.

 CNE tiene 30 días de plazo para resolver impugnaciones

El Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), presidido por su Director Dalo Bucaram Pulley, argumentó la defensa de su organización.

 CNE tiene 30 días de plazo para resolver impugnaciones

De la misma manera, presentó su defensa el Partido Renovador Acción Nacional (PRIAN), representado por Fernando Larrea, Wilson Sánchez y Álvaro Noboa

De la misma manera, presentó su defensa el Partido Renovador Acción Nacional (PRIAN), representado por Fernando Larrea, Wilson Sánchez y Álvaro Noboa.

Finalmente, el Movimiento Ruptura presentó su argumento de defensa por medio de sus representes Iván González y María Paula Romo.

Finalmente, el Movimiento Ruptura presentó su argumento de defensa por medio de sus representes Iván González y María Paula Romo.

Fotos cortesía El Telégrafo

Las argumentaciones expuestas al Pleno del CNE por las organizaciones políticas serán remitidas a la Coordinación Nacional Jurídicas para que, en coordinación con las áreas técnicas y de Participación Política se emita un informe jurídico-técnico con la argumentación del caso para su resolución.

El CNE tiene un plazo de 30 días para resolver las impugnaciones presentadas por las fuerzas políticas, de acuerdo al Art. 237 del Código de la Democracia, que señala: “Aquellas reclamaciones que se presenten ante el Consejo Nacional Electoral fuera del periodo de elecciones tendrá un plazo máximo de 30 días para su resolución”.

Cabe indicar que el Movimiento Ruptura presentó la impugnación el 6 de julio y los partidos MPD, PRAN y PRE entregaron el 7 de julio. A partir de la entrega de la impugnación corren los plazos señalados.

El Artículo 327, numeral 3 del Código de la Democracia,  señala como causales para la cancelación de las organizaciones políticas: “Si los partidos políticos no obtienen el cuatro por ciento de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas, a nivel nacional; o, al menos tres representantes a la Asamblea Nacional; o, al menos el ocho por ciento de alcaldías; o, por lo menos un concejal en cada uno de, al menos, el diez por ciento de los cantones del país”.

Como positiva calificaron las organizaciones políticas la apertura del Pleno del CNE, para exponer el derecho a la defensa.