Luego que la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral (CNE), remitiera al Pleno del CNE los 19 informes jurídicos de las impugnaciones presentadas a los postulantes mejor puntuados del Concurso del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) dentro de la fase de impugnaciones que se cerró el pasado jueves 4 de junio a las 24h00, se resolvió inadmitirlas y consecuentemente archivarlas, por no cumplir con alguno de los requisitos que establece el artículo 39 del Reglamento del Concurso, como señaló el titular del CNE, doctor Juan Pablo Pozo Bahamonde.
En este contexto, la Consejera Ana Marcela Paredes, citó el Art. 39 del Reglamento que establece que «dentro del término de diez (10) días, contado partir de la fecha de difusión del listado de los veinte cuatro (24) postulantes mejor puntuados en el concurso de méritos oposición, las los ciudadanos organización social, que se encuentren en goce de sus derechos de participación podrán impugnar dichas postulaciones. La impugnación deberá ser motivada, estará dirigida al Presidente del Consejo Nacional Electoral, con firma de responsabilidad acompañada de la documentación certificada que corresponda, bajo el estricto respeto los derechos constitucionales. La solicitud deberá ser entregada en la Secretaría General del Consejo Nacional Electoral en las delegaciones provinciales electorales, quienes las remitirán inmediatamente a la Secretaría General del Consejo Nacional Electoral». Paredes expuso los requisitos establecidos, de los cuales no se cumplieron algunos:
a) Nombres apellidos de la persona representante legal de la organización que presenta la impugnación;
b) Copia de la cédula de ciudadanía de la persona natural nombramiento del representante legal de la organización que presenta la impugnación;
c) Nombres apellidos de la el postulante contra quien se presenta la impugnación;
d) Descripción clara de la impugnación que determine que el postulante no cumple con los requisitos legales, no es probo, está incurso en las prohibiciones, ha omitido alguna información importante en su postulación;
e) Documentación de soporte en originales copias debidamente certificadas;
f) Dirección electrónica para recibir notificaciones; y,
g) Fecha firma de responsabilidad.
El Pleno del CNE, dando cumplimiento al artículo 43 del Reglamento del Concurso Público de Oposición y Méritos con Postulación, Veeduría y Derecho a Impugnación Ciudadana, para seleccionar a las Consejeras y Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana, dispuso a la Comisión de Apoyo, presenten un informe dando a conocer las candidaturas mejor puntuadas en el grupo de mujeres y hombres; el documento será presentado ante el Pleno del Consejo Nacional Electoral, en una próxima sesión.