Inició traslado de material electoral para proceso de revocatoria del mandato del alcalde del cantón Loja

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 En el marco del cronograma electoral establecido para el proceso de revocatoria del mandato del alcalde del cantón Loja, inició este lunes, 18 de junio, ─bajo estricto resguardo de las Fuerzas Armadas del Ecuador (FFAA) y Policía Nacional ─ el traslado de los paquetes electorales desde la empresa integradora del material electoral, ubicada en Quito, hacia la Delegación Provincial Electoral de Loja.

Cada paquete contiene papeletas, actas de escrutinio, entre otros, además de urnas y biombos que serán utilizados para el sufragio de las Personas Privadas de la Libertad (PPL) y Voto en Casa; jornadas que se efectuarán este 21 y 22 de junio, respectivamente.

Por otro lado, los paquetes electorales que se utilizarán el 24 de junio, día del sufragio general, serán embarcados en el local dispuesto por la integradora y serán trasladados el jueves, 21 de junio, a la ciudad de Loja, los mismos contarán con seguridad de las Fuerzas Armadas en todas sus fases.

Los paquetes electorales permanecerán almacenados hasta su traslado a los recintos electorales. En todo momento, serán custodiados por miembros de las FFAA.

Cabe señalar que, tanto las urnas donde se depositarán las papeletas, así como la cartonería que se utilizará en el proceso electoral de revocatoria del mandato, fueron elaboradas con material reciclable y su diseño permitirá un rápido y fácil ensamblaje.

Los electores del cantón Loja recibirán una papeleta con una sola pregunta: ¿Está usted de acuerdo en revocar el mandato al señor José Bolívar Castillo Vivanco, alcalde del cantón Loja, provincia de Loja? La papeleta contendrá mecanismos de seguridad de alta complejidad como tinta anticopia y antiescáner, tramados, microtextos, fondo, sello de seguridad, entre otros; en esta ocasión, los blocks de papeletas electorales estarán en un talonario numerado el cual permitirá agilizar el escrutinio al finalizar el sufragio.

Este jueves, 21 de junio, cumplirán su derecho al voto las Personas Privadas de la Libertad (PPL) sin sentencia condenatoria ejecutoriada de acuerdo lo señalado en la Constitución del Ecuador, art. 62 numeral 1, que señala: «El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada». El escrutinio de los votos de esta jornada se cumplirá el 24 de junio a las 17:00, una vez culminado el sufragio general.