Instrucciones para el cobro de Incentivo (15 usd) a los miembros de las Juntas Receptoras del Voto

 

 

 

  1. El período de pago iniciará el lunes 18 de mayo de 2009, por cuanto se encuentra aún en elaboración la base de datos que servirá para efectuar el pago a los MJRV.
  2. Los ciudadanos y ciudadanas que actuaron como MJRV el 26 de abril deberán acercarse a las instituciones financieras que constan en el anexo que les fue entregado en las JRV, portando su cédula de identidad y la tarjeta de pago CNE. La consulta del punto de pago pueden realizarla adicionalmente en www.cne.gov.ec.
  3. El día de pago se define en función del último dígito de su número de cédula, por ejemplo: si un ciudadano tiene su número de cédula terminado en 8, podrá cobrar el 18 de mayo, 28 de mayo u 8 de junio.
  4. Las instituciones financieras pagarán únicamente a las personas que porten los dos documentos: Tarjeta de Pago CNE y Cédula de Identidad.
  5. El horario de atención será en horario de oficina.
  6. Si alguna persona desempeñó su función como MJRV y no tuviera su tarjeta de pago, deberá acercarse a la respectiva delegación provincial. En la delegación correspondiente se levantará la siguiente información: cédula de identidad, nombre, provincia, cantón, parroquia, junta, sexo. Esta base de datos y el período de recepción de novedades estará activo en las delegaciones hasta el 10 de junio de 2009. Si estas personas efectivamente desempeñaron su labor cíviva el 26 de abril, serán incluidas en la base de datos de pago que estará activa para la segunda vuelta, es decir del 25 de junio hasta el 25 de julio. En consecuencia, SI recibirán su pago desde el 25 de junio, acumulado en US30,00, por su participación en las dos elecciones. El Consejo Nacional Electoral validará la información de la base de datos levantada con las firmas contenidas en las actas de instalación de las Juntas Receptoras de Voto….Ventanillas para pagos.