Acogiendo sentencia del TCE, el Pleno del CNE concede plazos para que Juntos Podemos y Justicia Social inscriban candidaturas

pleno 5 nov 2020

En la sesión ordinaria No. 31, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) en cumplimiento de las sentencias emitidas por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), en favor de los movimientos Podemos y Justicia Social, resolvió otorgar plazos para que ambas organizaciones políticas puedan resolver los trámites administrativos para la inscripción de sus candidatos.

Con base a lo dispuesto en la sentencia dentro de la causa que habilita tiempo y trámite al Movimiento Nacional Podemos, el Pleno del CNE resolvió disponer a las Juntas Provinciales Electorales y del Exterior, iniciar el trámite de inscripción y calificación de candidaturas de la organización política para la dignidad de asambleístas.

En apego al Código de la Democracia, el Pleno decidió otorgar a Podemos el plazo de ocho días para que continúe con el proceso de inscripción de las candidaturas, a través de la web o de las secretarías de las delegaciones electorales, en aquellos casos en que el proceso de inscripción de candidaturas no se encuentre concluido.

En el caso de Justicia Social, el Pleno del CNE resolvió disponer a las Juntas Provinciales Electorales, que no dieron paso al proceso, iniciar el trámite de inscripción y calificación de candidaturas de la organización política para la dignidad de asambleístas.

El cuerpo colegiado resolvió otorgar a la organización política, el plazo de cinco días para que realice sus procesos electorales internos y un plazo de dos días, posterior al proceso de democracia interna, para la aceptación del cargo de los precandidatos ante los delegados de las delegaciones electorales y las oficinas consulares.

Adicionalmente, en estricto cumplimiento del reglamento para la Inscripción de Candidaturas, las autoridades del cuerpo colegiado concedieron a Justicia Social, un plazo de ocho días para que continúe con el proceso de inscripción de las candidaturas, mediante la web o a través de las secretarías de las delegaciones electorales, en aquellos casos en que el proceso de inscripción de candidaturas no se encuentre concluido.

Una vez que las organizaciones políticas cumplan el debido proceso, el Pleno del Consejo Nacional Electoral decidirá sobre la inscripción de las candidaturas, o su vez, concederá plazos para que las organizaciones políticas subsanen inconsistencias.