Los ciudadanos que han sido designados miembros de Juntas Receptoras del Voto (JRV) para las próximas elecciones seccionales del 23 de febrero, que no disponen de tiempo suficiente para la capacitación presencial, también pueden hacerlo a través del link http://capacitacionelectoral.cne.gob.ec que funciona desde el 2 de enero de 2014.
En el mencionado enlace deberán:
- Llenar el Formulario de Registro
- Seguir el curso paso a paso
- Realizar la Prueba de Evaluación (20 minutos) (máximo dos intentos)
La Dirección Nacional de Capacitación para el Sufragio del Consejo Nacional Electoral señala que la capacitación virtual tiene una duración de dos horas y es la misma que se otorga a nivel presencial pero está organizada de manera que el miembro de la Junta Receptora del Voto pueda tomarla por partes, de acuerdo a su disponibilidad de tiempo.
Las personas que realizan la capacitación virtual reciben un certificado de aprobación, el mismo que se envía a su correo electrónico luego de rendir la evaluación y obtener por lo menos un puntaje correspondiente al 70 por ciento. De no llegar a este puntaje, deberá realizar la capacitación presencial.
La meta del CNE es capacitar de manera virtual al uno por ciento de los miembros de Juntas Receptoras del Voto por provincia, lo que representa aproximadamente 3.500 personas.
A partir del próximo 15 de enero, el link incluirá la capacitación para otros actores que intervienen el día de las elecciones: Policía Nacional, Observadores Internacionales y Coordinadores de Recinto.
Adicionalmente, el enlace mantiene un curso denominado «El proceso electoral de la A a la Z», que está orientado a la capacitación de delegados y sujetos políticos.
Los miembros de las Juntas Receptoras del Voto también pueden instruirse de manera presencial, para lo cual hay 642 capacitadores a nivel nacional, quienes explican a los ciudadanos las cuatro fases de su actividad: conformación e instalación de la mesa, votación, escrutinio; embalaje y envío de los materiales.
En las próximas elecciones seccionales habrá 285.341 miembros de las Juntas Receptoras del Voto, quienes se encargarán de recibir los sufragios de los electores y efectuar los escrutinios, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.