En cumplimiento del artículo 12 del Código de la Democracia, para poder ejercer su derecho al sufragio, los electores deberán presentar su cédula de identidad, pasaporte o el documento de identidad consular. La no vigencia de dichos documentos no impedirá que puedan expresar su voluntad en las urnas.
En consecuencia, los ciudadanos con la cédula o pasaporte caducados podrán ejercer su derecho al voto este domingo 5 de febrero, en las Elecciones Seccionales, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y Referéndum 2023.
Para el efecto, solo será necesario que los datos en dichos documentos sean legibles y que se pueda distinguir la fotografía del votante para la verificación correspondiente por parte de los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV).
La jornada iniciará a las 07:00 y se extenderá hasta las 17:00 en el territorio nacional, mientras que en el exterior iniciará a las 09:00 y finalizará a las 19:00 según el huso horario de cada país. Tal como establece el artículo 292 del Código de la Democracia, quienes no sufraguen, deberán cancelar una multa equivalente al 10 % de un salario básico.
Para ampliar la información contactarse con la
Dirección de Análisis Político y Difusión Electoral