El Consejo Nacional Electoral (CNE) prepara y trabaja en los cinco procesos de consulta de revocatorias de mandato para el 23 de enero de 2011.
La Constitución de la República del Ecuador Art. 105-106 señala que las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de elección popular; y que las solicitudes de revocatoria del mandato podrán presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del período para el que fue electa la autoridad cuestionada. Durante el periodo de gestión de una autoridad podrá realizarse sólo un proceso de revocatoria del mandato.
Las mismas deberán respaldarse por un número no inferior al 10% de personas inscritasen el registro electoral correspondiente. Solo en el caso del Presidente de la República se requerirá el respaldo de un número no inferior al 15% de inscritos en el registro electoral.
Una vez completada la documentación y el respaldo de firmas necesarias para dar paso al proceso,el CNE realizó las respectivas convocatorias para las consultas de revocatoria del mandato.
Para el cumplimiento de la misma, el Organismo Electoral, elaboró el Plan Operativo y el cronograma electoral en el que consta el desarrollo de todas las actividades y procesos relacionados al proceso eleccionario.
Los procesos de consulta de revocatoria son los siguientes:
-Presidente de la Junta Parroquial de Abañin, Carlos Alberto Aguilar Castro, cantón Zaruma, provincia del Oro.
-Alcalde del cantón Naranjito, Máximo Betancourth Valarezo, provincia delGuayas.
-Alcalde del cantón Palora, Luís Heras Calle, provincia de Morona Santiago.
-Presidenta de la Junta Parroquial del Chobo, Glendis Vera Jaramillo, cantónMilagro, provincia del Guayas.
-Presidente de la Junta parroquial de San Jacinto del Búa, Nelson Armas, cantónSanto Domingo, provincia Santo Domingo de los Tsáchilas.
Estos procesos eleccionarios tendrán lugar el día domingo 23 de enero de 2011, desde las 07h00 (siete de la mañana) hasta las 17h00 (cinco de la tarde), debiendo los c iudadanos concurrir con el original de su cédula de ciudadanía, de identidad o pasaporte, a la Junta Receptora del Voto correspondiente al recinto electoral donde consten inscritos.