Ciudadanos podrán cancelar multas a través de transferencia o de forma presencial

nota miercoles 2 junio

En el portal web institucional del Consejo Nacional Electoral (CNE), www.cne.gob.ec, se encuentra disponible el formato de solicitud para la emisión del certificado provisional debido a la pandemia. La ciudadanía podrá realizar el trámite de manera presencial o través de medios electrónicos. Asimismo, los ciudadanos cuentan con estas dos opciones para cancelar las multas por NO asistir a sufragar y por NO haber conformado las Juntas Receptoras del Voto, en procesos anteriores al 2021.

Los ciudadanos que requieran la emisión de un certificado durante el periodo de emergencia sanitaria, pueden ingresar al portal web institucional, descargar, imprimir, llenar y firmar la solicitud y acercarse a las dependencias provinciales del CNE o a su vez, escanearlo y enviándolo al correo electrónico de la delegación que se detalla en la página oficial del órgano electoral.

Por otra parte, las secretarías de las dependencias verificarán la información remitida por el Tesorero – Recaudador. En caso de que el ciudadano solicitante tenga multas por procesos electorales anteriores, le será notificado, vía correo electrónico, el valor a cancelar por multa; y el número de cuenta a la cual se debe depositar: Cuenta de BanEcuador BP; número: 0010001718; sublínea de Código Nro. 170409.

Si el ciudadano solicitante no tiene multas pendientes en el sistema de recaudación, se emitirá el certificado, mismo que será suscrito con su firma electrónica y expedido entre junio y julio. Este certificado tendrá la duración de 90 días y no le exime de responsabilidades de pago de multa correspondiente a las Elecciones Generales 2021.