CNE aprobó los montos del Fondo de Promoción Electoral para dignidades seccionales

190115 cne pleno

El Pleno del Consejo Nacional Electoral determinó la distribución del Fondo de Promoción Electoral para las Elecciones Seccionales 2019. Durante la sesión ordinaria, presidida por Diana Atamaint y que contó con la presencia del vicepresidente Enrique Pita y los consejeros José Cabrera y Esthela Acero, el órgano electoral conoció el informe que determina cuánto se asignará a cada una de las dignidades a elegirse, dividido por provincias, cantones y parroquias.

El Fondo de Promoción Electoral es el monto de financiamiento estatal que se asignará a cada sujeto político para la contratación de publicidad en medios de comunicación y vallas públicas. Para el cálculo de este rubro, se debe tomar en cuenta el Límite del Gasto Electoral aprobado por el CNE el 4 de diciembre de 2018, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8 del Reglamento de Promoción Electoral.

De esta manera, para la difusión de los binomios de prefecto y viceprefecto, se asignará un monto equivalente al 30% del límite del gasto electoral a cada aspirante, de acuerdo con lo previsto para cada provincia.

En cambio, para la dignidad de alcaldes municipales y distritales, el Fondo de Promoción también equivaldrá al 30% del máximo del gasto electoral calculado para esa dignidad, por cada cantón. Además, se debe considerar que si el cantón tiene menos de 15 000 electores, la asignación no puede ser inferior a los USD. 2000, y si el cantón tiene entre 15 001 y 66 666  electores, no deberá ser menor a los USD. 4000.

En lo que respecta a concejales distritales y municipales, la suma a asignarse para cada lista debe ser igual al 30% del rubro de promoción electoral previsto para los candidatos a alcaldes del respectivo cantón.

Finalmente, para las juntas parroquiales se debe destinar, para cada lista, el 30% del límite del gasto electoral destinado a cada jurisdicción parroquial.

Por otro lado, es importante recordar que cada organización o alianza política deberá asignar equitativamente entre sus candidatos el monto asignado para las listas pluripersonales.