El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), aprobó el reglamento para el control de la propaganda y publicidad electoral, normativa que además fijará los mecanismos y procedimientos de fiscalización del origen y destino de los recursos utilizados por los candidatos inscritos en las Elecciones Generales 2021.
El reglamento comprende las actividades de las organizaciones políticas, sus representantes legales y responsables del manejo económico, candidatos, jefes de campaña y contadores públicos autorizados; además, a medios de comunicación social, empresas de vallas publicitarias, autoridades y servidores públicos de todos los niveles de gobierno.
La normativa aprobada comprende cuatro fases de control: campaña anticipada o precampaña; campaña electoral; silencio electoral; y día del sufragio. En cada una de estas etapas el CNE garantizará de forma equitativa e igualitaria la propaganda y publicidad electoral que propicien el debate y la difusión de las propuestas de gobierno. Asimismo, establece las sanciones por incumplimiento.
La presidenta del CNE, Diana Atamaint resaltó que el reglamento «responde a las necesidades y demandas de la ciudadanía, partidos y movimientos para lograr transparentar el origen uso y destino de recursos». Recordó además, que la normativa se acopa a las reformas del Código de la Democracia.»
Por otra parte, el reglamento también contempla el cálculo del límite máximo del gasto electoral considerando los desembolsos en redes sociales, que deberán ser reportados al CNE y contabilizados a efectos de verificar los límites de gasto, de acuerdo a lo establecido en la normativa. Sobre el tema, la presidenta Atamaint resaltó que este es un avance importante que fue debatido con las organizaciones políticas.
Además, el reglamento indica que partidos y movimientos presentarán obligatoriamente en al CNE, el presupuesto de campaña electoral por cada dignidad y jurisdicción, desde la convocatoria a elecciones, suscrito por el responsable del manejo económico y el jefe de campaña, en el formato establecido por el Consejo Nacional Electoral.
El presupuesto de la campaña electoral deberá contener los gastos incurridos antes y durante la campaña; asimismo, el detalle de los ingresos recibidos; dicha información deberá registrarse por dignidad y jurisdicción.
También, el reglamento indica que el responsable del manejo económico presentará las cuentas de campaña electoral, hasta 90 días después de cumplido el acto del sufragio, con toda la documentación contable de respaldo.
La normativa se fundamenta en el 369 del Código de la Democracia, que indica que el CNE tiene la potestad de controlar, fiscalizar y realizar exámenes en cuanto al monto, origen y destino de los recursos que se utilicen en las campañas electorales dentro de cada organización política.