En el marco de la organización de las Elecciones Seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) 2023, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) designó a los vocales de las 24 Juntas Provinciales Electorales y Especial del Exterior.
Para su nombramiento, los vocales no deben tener impedimentos para ejercer el cargo, como ser afiliados, dirigentes o directivos de un partido o movimiento político, sentencias ejecutoriadas, deudas con el Estado, entre otras inhabilidades.
Como primera tarea, los vocales de las Juntas Provinciales deberán designar presidente, vicepresidente y secretario. Dentro de sus facultades, destacan: calificar candidaturas de su jurisdicción, realizar escrutinios, proclamar resultados, declarar recintos, así como la selección de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV).
Una vez designados, se establece un plazo de dos (2) días, contados a partir de la notificación, para que la ciudadanía, por razones fundamentadas y motivadas, ejerza su derecho a la impugnación.
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Dirección Nacional de Análisis Político y Difusión Electoral