CNE dispuso iniciar el procedimiento administrativo para que organizaciones políticas nacionales puedan acceder al Fondo Partidario Permanente 2021

pleno 29-10

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), en la sesión ordinaria desarrollada este 29 de octubre, dispuso iniciar el procedimiento administrativo para establecer el derecho de las organizaciones políticas de ámbito acción nacional para que puedan acceder al Fondo Partidario Permanente 2021.

Para el efecto, se dispuso entregar los resultados obtenidos por los partidos y movimientos políticos con relación a los cálculos del Fondo Partidario Permanente 2021, en las Elecciones Seccionales 2019 y Elecciones Generales 2021. Entre las organizaciones políticas, se encuentran las siguientes:

·         Movimiento Centro Democrático

·         Partido Unidad Popular

·         Partido Sociedad Patriótica “21 de Enero”

·         Movimiento Ecuatoriano Unido

·         Movimiento Político Revolución Ciudadana

·         Partido Social Cristiano

·         Partido Avanza

·         Partido Fuerza EC

·         Movimiento Justicia Social

·         Partido Izquierda Democrática

·         Movimiento AMIGO, Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades

·         Partido Socialista Ecuatoriano

·         Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik

·         Movimiento Político Unión Ecuatoriana

·         Movimiento Democracia Sí

·         Movimiento CREO, Creando Oportunidades

·         Partido Político Sociedad Unida Más Acción, SUMA

·         Movimiento Construye

·         Movimiento Nacional Podemos

·         Movimiento Alianza PAIS, Patria Altiva I Soberana

·         Movimiento Concertación

Asimismo, se otorgó el plazo de diez días (10), contados a partir de la notificación de dicha resolución, para que las organizaciones políticas, a través de su representante legal, para que en el caso de que lo consideren, presente observaciones a los elementos técnicos respecto a los cálculos de los resultados obtenidos en las Elecciones Seccionales 2019 y Elecciones Generales 2021. De esta manera, se garantiza el debido proceso.

El artículo 355 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas (Código de la Democracia) determina que en la medida en que cumplan las organizaciones políticas, los requisitos y obtengan: el cuatro por ciento de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a nivel nacional; o, al menos tres representantes a la Asamblea Nacional; o, el ocho por ciento de alcaldías; o, por lo menos un concejal o concejala en cada uno de, al menos, el diez por ciento de los cantones del país, recibirán asignaciones del Estado por concepto de Fondo Partidario Permanente.

A través de esta decisión, el Consejo Nacional Electoral garantiza el derecho de partidos y movimientos a recibir fondos públicos para su financiamiento, según lo previsto en la Constitución y el Código de la Democracia.