En cumplimiento con el pedido del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) realizó la revisión del informe jurídico y resolvió negar el recurso de objeción presentado por Joseph Díaz, procurador común de la alianza UNES, lista 1-5, en el que solicitó la verificación de 1 534 actas de escrutinio, aduciendo que existían inconsistencias numéricas. Este pedido fue analizado por las áreas técnicas del órgano electoral y se obtuvo como resultado que las actas son válidas.
En ese sentido, una vez que el TCE emitió una sentencia para que el CNE realice el análisis y la revisión individualizada de las actas, el órgano electoral a través de la Dirección Nacional de Procesos Electorales verificó que de las 1 534 actas de escrutinio presentadas en listado PDF, 1 231 fueron revisadas de forma física con la documentación entregada; por lo que existió una diferencia de 303 que no se habían analizado en el primer informe al no encontrarse dentro de los documentos presentados.
Por lo tanto, luego de realizada la verificación de las 303 faltantes se rescató que 289 actas de escrutinio son válidas, es decir el número de votos coincide con el número de sufragantes en el rango del 1% y 14 actas restantes fueron recontadas antes del 12 de marzo de 2021 por las Juntas Provinciales Electorales y las inconsistencias subsanadas. Lo que determina que las actas presentadas para verificación de la dignidad de asambleístas nacionales no presentan inconsistencias y no se encuentran inmersas en las causales del artículo 138 del Código de la Democracia.
Con esto, las autoridades electorales negaron el recurso interpuesto por la alianza UNES y ratificaron la verificación de números realizada por las Juntas Provinciales Electorales de El Oro, Guayas, Manabí y Orellana.