En la matriz del Consejo Nacional Electoral (CNE), la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República, Johanna Pesántez, entregó los Decretos Ejecutivos Número: 229 y 230 sobre convocatoria a Consulta Popular y Referéndum al Secretario General del CNE, Fausto Holguín, este 29 de noviembre.
La Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República, Johanna Pesántez, señaló que los Decretos Ejecutivos 229 y 230 disponen al Consejo Nacional Electoral realizar la convocatoria a consulta popular y referéndum, al amparo del Art. 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
El artículo 184 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia establece que: «El Consejo Nacional Electoral, una vez que conozca el Decreto Ejecutivo con la decisión de la Presidenta o Presidente de la República, de la Asamblea Nacional o de los gobiernos autónomos descentralizados, o acepte la solicitud presentada por la ciudadanía y con el dictamen previo de la Corte Constitucional, en los casos que amerite, convocará en el plazo de quince días a referéndum o consulta popular, que deberá́ efectuarse en el plazo de sesenta días».