CNE convoca al Colegio Electoral conformado por los Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos del Ecuador

 

El Consejo Nacional  Electoral (CNE), resolvió  convocar a los representantes o delegados de los Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos (ISTT) del Ecuador, para conformar el Colegio Electoral (CE), que  designará al  representante que integrará el Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), el mismo que se llevará cabo el viernes 6 de agosto, a partir de las 11h00, en el Auditorio Matilde Hidalgo de Prócel.     

 

 

El  CONESUP  dispuso oficiar al CNE a fin de que se convoque al Colegio Electoral  encargado de designar a los miembros principal y alterno, en representación de los Institutos Técnicos y Tecnológicos; el Presidente del CONESUP, Gustavo Vega, solicitó  al  CNE  realice la convocatoria.  

 

Cumpliendo con lo establecido en el articulo 12 de la ley de Educación Superior, en concordancia con el articulo 15 del Reglamento del Sistema de Educación Superior, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, convocar los colegios electorales para la designación de los miembros del CONESUP.

 

Para conformar los CE, se acreditará la  existencia legal de los ISTT  y quien fuere su representante legal, presentarán su  nombramiento en copia certificada, copia de cédula  y certificado de votación. La misma documentación deberá entregarse en la Secretaría General del CNE, desde el lunes 5 de julio, hasta una hora antes de la instalación del CE. 

 

El CNE formará el registro de los ISTT que se hayan inscrito y de los representantes acreditados,  quienes serán los únicos que podrán  ejercer el derecho a elegir

 

El Organismo Electoral recibirá impugnaciones  respecto a las entidades que hubieren solicitado su inscripción o acreditación de representantes. El mismo que se resolverá  antes de dar paso a la postulación de candidaturas. Además, los representantes inscritos de los ISTT postularán los candidatos dentro de la sesión, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento para la organización y funcionamiento de los Colegios Electorales  para la designación de los miembros del CONESUP, los mismos que podrán ser impugnados  en la misma sesión y que serán resueltas de manera inmediata por el CNE.

 

Concluida la votación el CNE proclamará los resultados  y declarará electo a quien hubiese obtenido mayor número de votos, el mismo que se notificará al CONESUP y a las Instituciones del Sistema de Educación  Superior, para que en término de 48 horas presenten cualquier impugnación  fundamentada y documentada. Si procediera la impugnación se convocará al CE para nueva elección, caso contrario se procederá  a posesionar, a quien resulte electo.  

 

Descargar Reglamento