Consejo Nacional Electoral recuerda la prohibición de encuestas y sondeos de opinión

170208 cne elecciones

El Consejo Nacional Electoral (CNE) recuerda a los medios de comunicación social que están prohibidos de publicar resultados de encuestas, pronósticos electorales o referirse a datos al respecto, hasta el cierre de las Elecciones Generales y Consulta Popular sobre Paraísos Fiscales, es decir, el día 19 de febrero a las 17h00.

Esta prohibición rige desde el pasado 8 de febrero, es decir, 10 días antes de la celebración de los comicios, tal como establece el artículo 302 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, que estipula:

Art. 302.- Cuando un medio de comunicación social publique resultados de encuestas o pronósticos electorales en los diez días anteriores al día de los comicios, o se refiera a sus datos, será sancionado el responsable con la multa de entre cinco mil dólares a veinte mil dólares; la reincidencia será sancionada con la suspensión del medio de comunicación hasta por seis meses.

La autoridad electoral solicitará al Tribunal Contencioso Electoral la imposición de las sanciones pertinentes al representante del respectivo medio de comunicación o al propio medio, previa sentencia y apego al debido proceso.

Según el Art. 8 del Reglamento sobre Personas Naturales o Jurídicas que realicen Encuestas de Voto a Boca de Urna, las autorizadas por el Consejo Nacional Electoral son las que presentaron los documentos metodológicos, siendo las siguientes:

• EUREKNOW S.A.
• CORPMONT MARKETING Y PUBLICIDAD CORPMONTPUBLI S.A.
• OPECUADOR ESTUDIOS SOCIALES Y POLITICOS S.A.
• CENTRO DE ESTUDIOS Y DATOS -CEDATOS CIA. LTDA
• BLASCO PEÑAHERRERA Y ASOCIADOS ESTUDIOS DE MERCADEO Y OPINIÓN PÚBLICA CIA. LTDA.
• CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS ESPECIALIZADOS CENTROINVEST CIA. LTDA