Ante la sentencia de la Corte Constitucional notificada al CNE el 27 de enero de este año, por la cual se suspenden los procesos de revocatoria calificados por el Consejo Nacional Electoral, y, ante el pedido de aclaración por parte del CNE a esta sentencia, la Corte Constitucional ha enviado su respuesta con fecha 2 de febrero de 2011, en la que, bajo el título de “Conclusiones finales de la Corte Constitucional”, responde en lo sustancial lo siguiente:
“Es necesario establecer que los procesos electorales de revocatoria de mandato que se llevaron a cabo, así como los procesos electorales que ya se encuentran convocados y en marcha, se han efectuado aplicando la normativa legal vigente, por lo que este organismo no tiene facultad para revisarlos o suspenderlos’
‘En consecuencia, la medida cautelar dispuesta por esta Corte en ejercicio de sus atribuciones no afecta ni interfiere en los procesos concluidos ni en los que han sido convocados por parte del Consejo Nacional Electoral, antes de la expedición de la sentencia. Adicionalmente, conforme se establece en el artículo 95 de la Ley orgánica de garantías jurisdiccionales y control constitucional ‘las sentencias que se dicten en ejercicio de control abstracto de constitucionalidad surten efectos de cosa juzgada y producen efectos generales hacia el futuro…’”
Ante esta respuesta, el presidente del Consejo Nacional Electoral, Omar Simon Campaña, ha declarado que con la aclaración emitida por la Corte Constitucional el malentendido suscitado por la sentencia del 27 de enero se ha superado. Agregó además que los procesos ya convocados por el Consejo Nacional Electoral continúan en marcha, bajo los cronogramas establecidos por la institución.