Con base en el documento presentado por el titular del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, Juan Zapata, el pasado 12 de enero; el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el Protocolo General para la Prevención de la Propagación de la COVID-19 para las jornadas de votación del próximo 7 de febrero en primera vuelta y 11 de abril en segunda, con la finalidad de salvaguardar la salud de los ecuatorianos. Este Protocolo será puesto a prueba en el segundo simulacro nacional del 24 de enero.
El documento establece las medidas preventivas de seguridad y bioseguridad que los servidores electorales, delegados de organizaciones políticas, ciudadanía en general deben cumplir durante la jornada electoral para reducir el riesgo de contagio de la COVID-19, debido al alto número de ciudadanos que acudirán a ejercer su derecho al voto en los distintos recintos electorales.
Es importante destacar que los votantes, para este evento cívico, deberán llevar su propio esferográfico azul o negro, el documento habilitante para el sufragio (cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad consular) a la mano, usar correctamente la mascarilla y de manera permanente durante el proceso electoral, desinfectar las manos con gel alcohol al 70% cada que se considere necesario, no ingresar alimentos a los recintos electorales y colocar los desechos de insumos de bioseguridad en los lugares designados en cada recinto electoral.
Asimismo, el Protocolo recuerda a la ciudadanía, a fin de garantizar la salud y bienestar, que adolecentes de 16 a 18 años, personas mayores a 65 años, personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, personas con discapacidad y extranjeros residentes en el país inscritos en el registro electoral, su voto es facultativo.
A su vez, las personas que posean algún tipo de enfermedad respiratoria y hayan tenido contacto directo con un caso COVID-19 en los últimos 14 días, deberá acudir al establecimiento de salud más cercano y evitar acudir a los recintos electorales, en caso de presentar sintomatología.
Por otro lado, los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) recibirán capacitaciones sobre bioseguridad y deberán notificar al personal del Consejo Nacional Electoral Coordinador del recinto electoral en caso de presentarse alguna emergencia. Para salvaguardar la salud de los MJRV se les proporcionará un visor (para el vocal que confirme la identidad del elector), 3 mascarillas quirúrgicas, a cada vocal, gel antiséptico de 500 ml y toallas desinfectantes para cada JRV. Además, se realizará la desinfección de superficies como la mesa de votación, biombos, entre otros. Las Juntas receptoras del Voto se ubicarán en espacios amplios y con ventilación.
Adicional, el documento contempla lineamientos para los GAD Municipales y Distrito Metropolitano, logística del paquete electoral (papeletas, documentos e integración del paquete), bodegas electorales, medidas preventivas para observadores electorales, Centros de Digitalización de Actas (CDA), Centros de Proceso Electoral (CPE) y Recuento de Votos.