Inicia periodo de campaña electoral para Referéndum y Consulta Popular 2018

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Este 3 de enero inicia el periodo de campaña electoral para el proceso de Referéndum y Consulta Popular 2018. Para este propósito, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) calificó a 16 organizaciones políticas, con ámbito de acción nacional y 24 organizaciones sociales nacionales. De estas 40 calificadas, 36 (entre políticas y sociales) promoverán el “SÍ” y 4 (sociales) respaldan el “NO” en varias o en las siete preguntas (cinco de referéndum y dos de consulta popular). El periodo de campaña concluye a las 23h59 del 1 de febrero.

A las organizaciones políticas y sociales calificadas se les asignarán los montos respectivos para cada una de las opciones para promover cada una de las opciones. Para el efecto, el Pleno del organismo electoral aprobó el Fondo de Promoción Electoral correspondiente a un valor de USD 3´907.979,40 dólares (sin IVA). Este será destinado exclusivamente para campaña en los 491 proveedores calificados a escala nacional: 56 medios de prensa escrita, 359 medios radiales, 58 medios televisivos y 18 empresas de vallas publicitarias.

Para la promoción de cada opción, se aprobó un límite de gasto correspondiente a un valor de USD 1´953.989,70. El monto que se asignará a cada una de las preguntas de las dos opciones es de USD 279.141,38. Este monto es el resultado de la división del valor total para las siete preguntas y será distribuido entre el número de organizaciones calificadas para promover una opción determinada en la/s pregunta/s que hayan señalado al momento de su registro.

Tal como establece el Reglamento para la Participación de Organizaciones Políticas y Sociales, Contratación y Pago de la Promoción Electoral, y Control de la Publicidad y Propaganda Electoral para la Consulta Popular y Referéndum 2018, las organizaciones políticas, sociales y cualquier persona natural o jurídica quedan prohibidas de contratar publicidad electoral, materia de la presente consulta popular y referéndum en radio, televisión, prensa escrita y vallas publicitarias que no sea financiada por el CNE, a través del Fondo de Promoción Electoral.

Durante el periodo de campaña electoral, se prohíbe la publicidad o propaganda de las instituciones del Estado, en todos los niveles de gobierno, salvo las excepciones que se detallan a continuación:

1. Cuando la difusión se refiera a información de programas o proyectos que estén ejecutándose o que por la oportunidad deban ejecutarse en dicho periodo.

2. Cuando se requiera en las obras públicas, informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas; o lugares alternos;

3. En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas.

4. Cuando se requiera informar temas de importancia nacional tales como: campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases, seguridad ciudadana, u otras de naturaleza similar.

Como establece el artículo 115 de la Constitución y el artículo 202 del Código de la Democracia, el Estado, a través de los medios de comunicación y del presupuesto del CNE, respectivamente, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate y la difusión, en este caso, de las dos opciones en cada una de las siete preguntas del Referéndum y Consulta Popular 2018.

En este marco legal, las organizaciones políticas y sociales calificadas solo podrán pautar con proveedores autorizados por el CNE. Asimismo, recordamos que los medios de comunicación no pueden difundir publicidad electoral que induzca a la violencia, discriminación, mensajes sexistas o que contengan imágenes de niñas, niños o adolescentes.