La Junta Provincial Electoral de El Oro, en el marco de sus funciones ─señaladas en la Constitución de la República del Ecuador, La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia y los reglamentos pertinentes ─ resolvió, el 15 de enero de 2019, dejar sin efecto los actos administrativos de calificación de candidaturas notificadas a los movimientos políticos.
La resolución se adoptó con el objetivo de garantizar los derechos de las organizaciones políticas de la provincia, tras los diálogos mantenidos con sus representantes respecto al cumplimiento de la etapa de objeción ─contemplada en el artículo 12 de la Codificación al Reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidatas y Candidatos de Elección Popular─.
En este sentido, la Junta Provincial cumplirá de manera irrestricta este derecho de las organizaciones políticas, al otorgar nuevamente este plazo para que, de considerarlo necesario, presenten sus recursos con las pruebas de sustento pertinentes.
Esta decisión, que enmarca una gran voluntad política, técnica y humana, no implica un nuevo proceso de inscripción de candidaturas. Las que fueron registradas en el periodo establecido en la convocatoria se considerarán inscritas de forma oficial únicamente luego de la resolución en firme que las califique, resolución que se adoptará una vez cumplidos los plazos establecidos en el artículo 101 del Código de la Democracia.
De esta manera, la Junta Provincial Electoral, órgano desconcentrado que funciona de manera independiente, democrática y con libertad de decisión, evidencia la política de puertas abiertas que mantiene el Consejo Nacional Electoral; respaldando sus decisiones en el diálogo permanente con las organizaciones políticas, pilar de la democracia.