Juntas Parroquiales designarán representantes a Consejos Provinciales

Juntas Parroquiales designarán representantes a Consejos Provinciales

Este martes 3 de junio de 2014, el Consejo Nacional Electoral (CNE) instalará los 23 colegios electorales nivel nacional, con los presidentes y presidentas de las Juntas Parroquiales Rurales para designar a los representantes principales y alternos ante los Consejos Provinciales

Los Colegios Electorales se reunirán a partir de las 10h00 en el Salón de la Democracia de cada Delegaciones Provinciales Electorales, a excepción de Galápagos por tratarse de régimen especial de gobierno en razón de sus particularidades ambientales y por constituirse en Patrimonio Cultural.

El artículo 46 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (Cootad), dispone al CNE convocar a conformar los Colegios Electorales integrados por los presidentes de las Juntas Parroquiales y quienes cumplan la función de Ejecutivo de las circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas o montubias de ese nivel en cada provincia para elegir su representante a los Consejos Provinciales. Este proceso se volverá a realizar en la mitad del periodo para el que fue electo.

Para la elección se utilizará la proyección del Censo Nacional de Población del año 2010 vigente a la fecha de la convocatoria, de acuerdo a esto se establece el número de representantes a ser elegidos en cada provincia: Azuay 7; Bolívar, 5; Cañar 5; Carchi 3; Cotopaxi 7; Chimborazo 7; Imbabura 7;Loja 5; Pichincha 7: Tungurahua 7; Santo Domingo 5; El Oro 5; Esmeraldas 7; Guayas 7; los Ríos 7; Manabí 7; Santa Elena 5; Morona Santiago 5; Napo 3; Pastaza 3; Zamora Chinchipe3; Sucumbíos 5; y Orellana 3. Sumando un total de 125 electos.

El quórum reglamentario para la instalación de los Colegios Electorales se realizará con la mitad más uno de sus miembros presentes, si a la hora prevista no existiera quórum, el Director de la Delegación Provincial Electoral instalará una hora más tarde con los miembros que se encuentren presentes.

Los delegados deberán acreditarse en las respectivas Delegaciones Provinciales donde se instalarán los Colegios Electorales.

Las candidaturas deberán presentarse en binomio para principal y alterno, respetando en lo posible, los principios de pluriculturalidad, interculturalidad, equidad y paridad de género.

Los miembros del Colegio Electoral se elegirán por votación nominativa en el número establecido en la convocatoria. En esta elección se considerará el sistema de mayoría simple.