La tarde de este miércoles 31 de marzo, en la reinstalación de la sesión ordinaria No. 017 el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) conoció y resolvió sobre las impugnaciones presentadas por Oswaldo Rodríguez Guillen, delegado del procurador común de la Alianza 1-5 Unión por la Esperanza (UNES) de la provincia de Manabí, a los resultados numéricos para la dignidad de asambleístas provinciales.
Luego de analizar los informes técnicos jurídicos, en los que se demostró la verificación de las actas de escrutinio por parte de la Junta Provincial Electoral de Manabí, y en ese sentido se concluyó que la resolución emitida observó los preceptos constitucionales, el cuerpo colegiado negó los recursos de impugnación presentados en contra de las resoluciones de la junta, una vez que el impugnante no logró demostrar sus aseveraciones y estas carecieron de fundamento jurídico.
En ese sentido, las autoridades electorales ratifican que las resoluciones adoptadas por la junta de la provincia de Manabí se encuentran enmarcadas dentro de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
Cabe destacar que según el artículo 243 del Código de la Democracia, las impugnaciones a las resoluciones tomadas por las Juntas Provinciales Electorales sobre las objeciones, se presentarán en un plazo de dos días luego de emitida la resolución, en la correspondiente Junta para ante el CNE. El órgano electoral, sede administrativa, resolverá la impugnación en un plazo de tres días. De estas resoluciones pueden plantearse todos los recursos judiciales electorales previstos en la ley ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).