Este miércoles 09 de enero de 2018, en la reinstalación de la sesión permanente No.17, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), conformado por Diana Atamaint, presidenta; Enrique Pita, vicepresidente; y los consejeros Esthela Acero, José Cabrera y Luis Verdesoto, conoció los informes jurídicos sobre los recursos de impugnación presentados en contra de la inscripción de candidaturas de las Elecciones Seccionales 2019.
Al respecto, el cuerpo colegiado del CNE resolvió negar la impugnación presentada por el señor Galo Lara Yépez, inscrito para participar como candidato a prefecto de la provincia de Los Ríos, por el Partido Sociedad Patriótica «21 de Enero».
La resolución del cuerpo colegiado, adoptada de forma unánime, se dio en estricto cumplimiento del numeral 2 del artículo 113 y 64 de la Constitución de la República del Ecuador; y el artículo 14 numeral 2 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia.
En este marco, el órgano electoral ratificó la resolución adoptada por la Junta Provincial Electoral (JPE) de Los Ríos el pasado 27 de diciembre, en el que se acepta la objeción presentada a dicha candidatura y se rechaza por tanto su inscripción.
Asimismo, el Pleno del CNE conoció la solicitud presentada por el Movimiento Fuerza Compromiso Social Lista 5; cuyos expedientes −para calificación e inscripción de candidaturas− no fueron tramitados por la Junta de Azuay. Al respecto, el cuerpo colegiado dispuso a la JPE la recepción y calificación de dichos documentos, al amparo de la normativa legal vigente.
El Código de la Democracia establece que las resoluciones adoptadas por las Juntas Provinciales Electorales sobre las objeciones presentadas a las candidaturas inscritas podrán ser impugnadas ante el Consejo Nacional Electoral. Asimismo, sobre estas resoluciones pueden plantearse todos los recursos judiciales electorales previstos en esta Ley, ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).