Pozo: un oficio no cambia un procedimiento constitucional

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El Presidente el Consejo Nacional Electoral, doctor Juan Pablo Pozo Bahamonde, una vez finalizada la Sesión del Pleno de este viernes 27 de marzo, dialogó con representantes de los medios de comunicación sobre uno de los puntos abordados y que se refería a los oficios enviados por parte del doctor Jaime Pozo Chamorro, Secretario General de la Corte Constitucional del Ecuador (CC); y que tienen relación con la devolución de expedientes remitidos por el CNE, sobre peticiones de formularios para consulta popular.

Al respecto, el titular del organismo electoral enfatizó que «un oficio no cambia un procedimiento constitucional», y manifestó que en ningún momento
se niega la consulta popular al colectivo Compromiso Ecuador, sino la entrega de formularios hasta que se cumpla con los procedimientos establecidos en la Carta Magna y en la ley. Citó el artículo 104, último inciso, de la Constitución de la República, donde se señala claramente que eI organismo electoral correspondiente, convocará a consulta popular y que en todos los casos, se requerirá dictamen previo de la CC sobre la constitucionalidad de las preguntas propuestas.

De la misma forma, recalcó que el OFICIO 1219-CC-SG-SUS-2015 de la Corte Constitucional, de fecha 19 de marzo de 2015, establece la no competencia del CNE para correr traslado de una petición, pues no tiene legitimación activa dentro del proceso sobre un pedido de consulta. En consecuencia, no establece la entrega de formularios al colectivo «Compromiso Ecuador», ratificando la RESOLUCIÓN PLE-CNE-8-13-2-2015. Por lo tanto, el colectivo en mención, de creerlo pertinente, podrá presentar su solicitud directamente a la Corte Constitucional.

Juan Pablo Pozo indicó que se da por conocido el oficio por el Pleno del Consejo Nacional Electoral, y por ende se devuelve el expediente a los interesados. Agregó que en el marco de un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, todas y todos los ciudadanos están asistidos de derechos y garantías; y, para hacerlos efectivos, deberán seguir los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente de Ecuador.

Durante la Sesión del Pleno del CNE se abordaron casos similares y se resolvió darles el mismo tratamiento. Al respecto, la Vicepresidenta del Consejo Nacional Electoral, licenciada Nubia Villacís, aclaró que esta resolución establece «devolver a los peticionarios la solicitud para que sigan el trámite correspondiente de acuerdo a la Constitución y se dirijan directamente a la Corte Constitucional».