El Consejo Nacional Electoral (CNE) se rige por principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad», como lo establece el artículo 217 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el artículo 18 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.
Dado lo anterior, la nota que se publica hoy en la página 2 del diario que tiene usted a bien dirigir, titulada «Gutiérrez llama a la unidad de la oposición para vigilar el voto», es imprecisa y carente de fundamento.
La nota referida señala únicamente que «Lucio Gutiérrez, expresidente y líder del PSP (…) cuestionó la imparcialidad del Consejo Nacional Electoral como organizador de los comicios del próximo 23 de febrero», sin ahondar en los supuestos que permitirían a esta instancia desmentir dichas imprecisiones.
Respecto a esta afirmación, el CNE precisa que:
1. El artículo 18 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador señala que «Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a «buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna y contextualizada…».
2. La información por ustedes publicada no fue verificada –ni mucho menos veraz- por lo que lastima los Derechos del Buen Vivir que establece la Constitución en el Capítulo Segundo, Sección Tercera, referente a Comunicación e Información.
Frente a esto, el CNE recuerda a los actores involucrados en este proceso que la democracia es responsabilidad de todos, incluyendo a los medios informativos que tienen por obligación constitucional el verificar las afirmaciones que se publican, favoreciendo así el empoderamiento de una ciudadanía democrática y participativa.
Estamos construyendo democracia.