Las empresas que realizan pronósticos electorales deben inscribirse en el CNE

El Pleno del Consejo Nacional Electoral emitió el reglamento para empresas que realicen pronósticos electorales para el proceso electoral de referéndum y consulta popular 2011.

 Para poder ejercer su actividad, las empresas que realicen  pronósticos electorales se deben inscribir y registrar previamente en el organismo electoral. 

Los resultados de encuestas o pronósticos electorales, podrán ser publicados por los medios de comunicación desde la convocatoria hasta diez días antes de los comicios.  

 

Las empresas que realicen pronósticos electorales y no estén inscritos en el CNE serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el Art. 302 de la ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.