Partidos y movimientos polticos deberán reinscribirse

Las organizaciones políticas deben reinscribirse para poder participar en las próximas elecciones según la Norma Constitucional y el Código de la Democracia que establecen las reglas para regular la vida Institucional de los Partidos y movimientos políticos.

 

Todos ellos dejaron de existir en el registro electoral una vez que se proclamaron los resultados, esto implica que cualquier Organización Política que quiera participar en un proceso electoral a futuro, tendrá que hacer un nuevo registro. Sin embargo,  en un plazo de 45 días desde la entrada en vigencia de la Constitución tenían la posibilidad de hacer la reserva nombre, símbolo y números tal como lo establece la duodécima disposición transitoria. Prácticamente lo hicieron  en su totalidad las agrupaciones políticas que participaron en la  anterior elección, pero esto no quiere decir   que tengan  personería jurídica, esta se adquiere  una vez que cumplan con los requisitos de   inscripción establecidos

 

En los Art. 108 y 109 de la Constitución de la Republica y Art. del 305 al 384 del Código de la Democracia se establecen los  requisitos para la existencia y permanencia   de las Organizaciones Políticas, en dos niveles de organizaciones:

 

  1. Los Partidos Políticos deberán presentar su declaración de principios ideológicos, programa de gobierno, estatutos, símbolos, siglas, emblemas, nomina de directiva, distintivos. Además deberán contar con una organización  nacional que comprenderá  al menos el 50% de las provincias del país, dos de las cuales deberán ser  las de mayor población  y el resto corresponderá al país. El registro de afiliados no podrá ser menor al 1.5 % del registro electoral utilizado en el ultimo proceso electoral.
  2. Los Movimientos Políticos deberán presentar una declaración de Principios, programa de gobierno, siglas, emblemas, distintivos y el registro de adherentes o simpatizantes  y en un numero no inferior al 1.5 % del  último registro electoral. Los movimientos  pueden conformar desde parroquiales, cantorales. regionales, provinciales, nacionales y hasta del exterior.  

 

Una vez que cumplan con los requisitos establecidos se les asignará la personería jurídica que reservaron y recuperarán su número, eslogan, siglas, y color partidista.   

 

En entrevista  con medios de comunicación, el Presidente del Consejo Nacional Electoral Omar Simon, manifestó que se está trabajando en un reglamento que  normará en conjunto con el Código de la Democracia, con claridad en lo relativo a la permanencia o existencia   de las organizaciones   políticas y que  estará listo en los próximos días 

 

Simón además aclaró que hasta tanto los partidos  y movimientos políticos que participaron en el anterior proceso electoral mantienen las mismas responsabilidades anteriores, como la rendición de cuentas de gastos de campaña electoral y los derechos de los fondos partidarios  para el mantenimiento de las organizaciones políticas establecidas en la ley y en el propio Código de la Democracia.